Cálculo del requerimiento de Capital por Riesgo Operacional, a través de BASILEA II Y III.


Introducción

En este artículo encontraras la definición del Riesgo Operacional conforme a Basilea y a la normativa mexicana, además de los diferentes métodos desarrollados para cálculo del requerimiento de capital por Riesgo de Operacional. También el método de Indicador de Negocio conforme a la legislación de México.

Riesgo Operacional

Definición de Riesgo Operacional

El riesgo operacional se define como el riesgo de pérdida debido a la inadecuación o a fallos de los procesos, el personal y los sistemas internos o bien a causa de acontecimientos externos. Esta definición incluye el riesgo legal (la posibilidad de ser sancionado, multado u obligado a pagar daños punitivos como resultado de acciones supervisoras o de acuerdos privados entre las partes), pero excluye el riesgo estratégico y el de reputación.[1]

Aunque una definición más completa es que establece la regulación mexicana que el Riesgo Operacional es la pérdida potencial por fallas o deficiencias en los controles internos, por errores en el procesamiento y almacenamiento de las Operaciones o en la transmisión de información, así como por resoluciones administrativas y judiciales adversas, fraudes o robos y comprende, entre otros, al riesgo tecnológico y al riesgo legal, en el entendido de que:

  1. El riesgo tecnológico se define como la pérdida potencial por daños, interrupción, alteración o fallas derivadas del uso del hardware, software, sistemas, aplicaciones, redes y cualquier otro canal de transmisión de información en la prestación de servicios bancarios a los clientes de la Institución.
  2. El riesgo legal se define como la pérdida potencial por el incumplimiento de las disposiciones legales y administrativas aplicables, la emisión de resoluciones administrativas y judiciales desfavorables y la aplicación de sanciones, en relación con las Operaciones que la Institución lleva a cabo.[2]

A partir de estas dos definiciones, se establecen las categorías para determinar los principales factores y eventos de perdida. Estas categorías se componen de tres nivales, donde en el último nivel se muestran ejemplos de actividades, como se muestra en la siguiente tabla que cubre los dos primeros niveles[3]:

Tabla 1. Categorías de tipos de Riesgo Operacional

Categoría primaria de tipos de eventosCategoría secundaria
Fraude Interno   Pérdidas derivadas de algún tipo de actuación encaminada a defraudar, apropiarse de bienes indebidamente o soslayar regulaciones, leyes o políticas empresariales (excluidos los eventos de diversidad / discriminación) en las que se encuentra implicada, al menos, una parte interna a la empresa.  Actividades no autorizadas
Fraude Interno
Vulnerabilidad a la seguridad de los sistemas
Suplantación de identidad
Fraude Externo   Pérdidas derivadas de algún tipo de actuación encaminada a defraudar, apropiarse de bienes indebidamente o soslayar la legislación, por parte de un terceroFraude Externo
Seguridad de los sistemas
Fraude con tarjetas bancarias
Asalto o robo
Suplantación de identidad
Relaciones Laborales y Seguridad en el Puesto de Trabajo   Pérdidas derivadas de actuaciones incompatibles con la legislación o acuerdos laborales, sobre higiene o seguridad en el trabajo, sobre el pago de reclamaciones por daños personales, o sobre casos relacionados con la diversidad/discriminación.Deficiencias en la gestión de las relaciones laborales
Incumplimiento de higiene y seguridad en el trabajo
Discriminación laboral, difamación y acoso personal
Clientes, Productos y Prácticas Empresariales   Pérdidas derivadas del incumplimiento involuntario o negligente de una obligación profesional frente a clientes concretos (incluidos requisitos fiduciarios y de adecuación), o de la naturaleza o diseño de un producto.Adecuación, divulgación de información y confianza
Prácticas empresariales, de mercado o comerciales improcedentes o impropias
Productos Defectuosos
Selección, Patrocinio y Riesgos
Asesoramiento deficiente a los clientes
Eventos externos   Pérdidas derivadas de daños o perjuicios a activos materiales como consecuencia de desastres naturales u otros acontecimientos.Desastres naturales
Acontecimientos o siniestros provocados
Incidencias en el Negocio y Fallos en los Sistemas   Pérdidas derivadas de incidencias en el negocio y de fallos en los sistemas.Hardware
Software
Telecomunicaciones
Interrupción / incidencias en el suministro de energía
Daños en la infraestructura
Ejecución, Entrega y Gestión de Procesos   Pérdidas derivadas de errores en el procesamiento de operaciones o en la gestión de procesos, así como de relaciones con contrapartes comerciales y proveedores.Recepción, Ejecución y Mantenimiento de Operaciones
Seguimiento y Presentación de Informes
Deficiencias en el proceso de aceptación de clientes, documentación y contratación
Errores en la gestión de cuentas de clientes
Pérdidas derivadas del incumplimiento de la Normativa
Fallos de contrapartes comerciales
Distribuidores y Proveedores / Subcontratación

Por lo tanto, para calcular el requerimiento de Capital por Riesgo Operacional, Basilea II propone 4 métodos.

  • Método de Indicador Básico (BIA)
  • Método Estándar (STDAOp)
  • Método Estándar Alternativo (ASA)
  • Método de Medición Avanzado (AMA)

Aunque, en las reformas realizadas en 2017 propuestas por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, se plantea un único método denominado “Indicador de Negocio” (BI) para Basilea III, en sustitución de los cuatro métodos anteriores.

1.   Métodos en Basilea II

De acuerdo con el Pilar I, se establecen tres métodos para calcular los requerimientos de capital por riesgo operacional, en orden creciente de sofisticación y sensibilidad al riesgo: (i) el Método del Indicador Básico (BIA); (ii) el Método Estándar (STDAOp) y una extensión de este denominada Método Estándar Alternativo (ASA); y (iii) los Métodos de Medición Avanzada (AMA).

En Basilea II se establece que los activos ponderados por su nivel de riesgo se calculan multiplicando los requerimientos de capital para el riesgo de operacional usando alguno de los métodos del anterior por 12.5 (la inversa del coeficiente mínimo de capital del 8%), también se observa en el Artículo 116 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito.[4]

Método de Indicador Básico (BIA)

Las Instituciones que utilicen el Método del Indicador Básico, deberán cubrir el Riesgo Operacional con un capital mínimo equivalente al 15 por ciento (alfa) del promedio de los tres últimos años de sus ingresos netos anuales positivos.

Ecuación 1. Método del Indicador de Básico

Eq1 Metodo del Indicador de Basico
KBIA: La exigencia de capital en Método del Indicador de Básico.
IN: Ingresos Netos Anuales.
n: Número de años (de los últimos tres) en los que Ingreso Netos Anuales fueron positivos.

Esto ingreso netos anuales son la suma de los ingresos netos por concepto de intereses más otros ingresos netos ajenos a intereses, como se muestra en la tabla 2. Se excluyen los beneficios/pérdidas realizadas por la venta de valores de la cartera de inversión (es decir, en las plusvalías/minusvalías realizadas procedentes de valores clasificados como “mantenidos hasta el vencimiento” y “en venta”) y partidas extraordinarias o excepcionales, así como los ingresos derivados de las actividades de seguro.

Tabla 2. Ingreso Netos Anuales

Ingresos Netos (I+II)
I. Ingresos netos por conceptos de intereses Cálculo I=A-BII. Ingresos Netos Ajenos a Intereses
Cálculo II= C+D-E
A. Ingresos por Intereses
1. Intereses de Cartera de Crédito Vigente
2. Intereses de Cartera de Crédito Vencida
3. Intereses y Rendimientos a favor provenientes de Inversiones en Valores
4. Intereses y Rendimientos a favor en Operaciones de Reporto y Préstamo de Valores
5. Intereses de Disponibilidades
6. Comisiones por el Otorgamiento inicial del Crédito
7. Premios a Favor
8. Premios por colocación de deuda
9. Intereses y Rendimientos a favor provenientes de cuentas de Margen
10. Dividendos de Instrumentos de Patrimonio Neto
C. Resultado por Compraventa
1. Valores e Instrumentos Derivados
2. Divisas
3. Métales

D. Comisiones y Tarifas Netas
1. Cobradas
2. Pagadas
B. Gastos por Intereses
1. Intereses por Depósitos de Exigibilidad Inmediata
2. Intereses por Depósitos a Plazo
3. Intereses por Títulos de Crédito Emitidos
4. Intereses por Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos
5. Intereses por Obligaciones Subordinadas
6. Intereses y Rendimientos a cargo en Operaciones de Reporto y Préstamo de Valores
7. Premios a Cargo
8. Descuentos y gastos de emisión por colocación de deuda
9. Costos y Gastos asociados con el Otorgamiento inicial del Crédito
E. Coberturas y Reservas
1. Monto de la Cobertura de Seguros Relativos a Eventos Operacionales
2. Reservas constituidas por Riesgo Operacional

Método Estándar (STDAOp)

El Método Estándar realiza una estructura de cálculos similar, ya que integra el promedio de los últimos 3 años, pero la diferencia es la utilización de líneas de negocio donde las actividades de las Instituciones se dividen en ocho líneas: finanzas corporativas, negociación y ventas, banca minorista, banca comercial, pagos y liquidación, servicios de agencia, administración de activos e intermediación minorista/ Operaciones de corretaje al menudeo[5].

Para el cálculo del requerimiento de capital de cada línea se calcula multiplicando el ingreso neto por un factor (denominado beta) que se asigna a cada una de ellas. Beta se utiliza como una aproximación a la relación del sector bancario entre el historial de pérdidas por el riesgo operacional de cada línea de negocio y el nivel agregado de ingresos netos generados por esa misma línea. Y el cálculo de exigencia total de capital se calcula como la media de tres años de la suma simple de las exigencias de capital regulador en cada una de las líneas de negocio cada año. Por lo tanto, la exigencia del capital por el Método Estándar está definida por la siguiente fórmula.

Ecuación 2. Método Estándar

Eq2 Metodo Estandar
KTSA: La exigencia de capital en Método Estándar  
GI1-8: Los ingresos netos anuales de un año dado, como se define en el Método de Indicador Básico, para cada una de las ocho líneas de negocio
Β1-8: Un porcentaje de la tabla 3  

Tabla 3. Factor Beta

Número de LíneaLíneas de NegocioFactor Beta
1Fianzas corporativas18%
2Negociación y ventas18%
3Banca minorista12%
4Banca comercial15%
5Pagos y liquidación18%
6Servicios de agencia15%
7Administración de activos12%
8Intermediación minorista/ Operaciones de corretaje al menudeo12%

Fuente: Basilea II.

Método Estándar Alternativo (ASA)

El cálculo del requerimiento de capital se usa la misma metodología que en el Método Estándar, salvo dos líneas de negocio: banca minorista (línea 3) y banca comercial (línea 4); este nuevo cálculo a estas líneas es para la eliminación del doble cómputo de los riesgos. En estas líneas de negocio, los préstamos y los anticipos son multiplicados por un factor m=0.035, que sustituye los ingresos netos como indicador de negocio. Es decir, solo para las líneas 3 y 4 se les aplica la siguiente fórmula:

Ecuación 3. Método Estándar Alternativo

Eq3 Metodo Estandar Alternativo
KRB: Requerimiento de capital de la línea de negocio 3 o 4
ΒRB: Factor beta de la línea de negocio 3 o 4
LARB: Importe total pendiente de los préstamos y anticipos (no ponderados por riesgo y netos provisiones), promediado durante los tres últimos años

Métodos de Medición Avanzada (AMA)

En el AMA, los requerimientos de capital son determinados por el sistema de medición de riesgo operacional interno de la Institución, utilizando criterios cuantitativos y cualitativos. Para poder utilizar este método se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • El Consejo de Administración y su Alta Dirección, deben estar fuertemente involucrada con el marco de administración de riesgo operacional.
  • Se debe contar con un sistema de administración de riesgo operacional íntegro.
  • Se debe contar con recursos suficientes en el uso del enfoque en las líneas de negocio más importantes, así como en las áreas de control y auditoria.

El AMA considera tres enfoques:

  1.  El Enfoque de Medición Interna. El regulador determina el Índice de Exposición y un múltiplo, en el cual convierte la Pérdida Esperada (EL) en Pérdida no Esperada (UL), en forma análoga para todo el gremio, y cada Entidad obtiene, solamente, estimaciones de la Probabilidad de Fallo y de la Proporción de Pérdida dado el Fallo.
  2. El Enfoque de Distribución de Pérdidas. Es un modelo de VaR (Value at Risk) por Línea de Negocio y Tipo de Evento de Pérdida, en donde el VaR total es la suma de los VaR de todas las combinaciones sin considerar correlaciones. 
  3. El Enfoque de Tarjetas de Puntaje. Se calcula un nivel de riesgo tomando como base toda la estadística de eventos de pérdida disponible para la Entidad (habida cuenta de que es estadísticamente significante), y se redistribuye por Línea de Negocio, en función de una tarjeta de puntaje diseñada exprofeso y que contiene el seguimiento de ciertas medidas de control.

4.  Basilea III

Después de la crisis financiera mundial de 2007-2009, se evidenció que los métodos desarrollados en Basilea II para el cálculo de los requerimientos de capital para el riesgo operacional, resultaron insuficientes en su implementación para cubrir las pérdidas en algunas Instituciones. Es importante destacar que estas pérdidas estaban asociadas con sanciones por conducta inapropiada o con sistemas o controles deficientes.

Ilustración 1. Pérdidas por Riesgo Operacional

image

Por lo tanto, las reformas de Basilea III de 2017, tienen como objetivo de simplificar los cálculos utilizando un único método de estándar. Esta metodología proporciona una mayor sensibilidad al riesgo operacional al mejorar la medición de los ingresos netos, además de utilizar una base de datos histórica interna de pérdidas por riesgo operacional recopilada durante 10 años.

Este único método estándar se basa en los siguientes componentes:

Ilustración 2. Componentes para el Método Estándar, Basilea III

image 1

Fuente: Imagen creada con datos de “Finalización de Basilea III”

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) de México, en respuesta a las reformas poscrisis de Basilea III (donde se incluye el método de Indicador de Negocio) propuestas por el Grupo de Gobernadores de Bancos Centrales y Autoridades de Supervisión (GHOS), informó sobre su compromiso de participar activamente en las reuniones con el órgano de supervisión del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS). La CNBV se comprometió a consolidar los pilares de las reglas de Basilea III, para preservar la solidez de los niveles de capitalización, liquidez y calidad en la cartera de crédito de los bancos mexicanos. Este esfuerzo tiene como objetivo principal mantener un sistema bancario sólido y bien capitalizado en beneficio de los usuarios.[6]

Como resultado de este compromiso, el 19 de noviembre de 2020, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones correspondientes a las “Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito”, destinadas a adecuarse a las reformas establecidas en Basilea III. La fecha límite para la implementación de estas reformas fue el 1° de enero de 2023[7]. Dichas modificaciones afectaron los siguientes artículos:

  • Se derogan los artículos 2 Bis 112 al 114 a.
  • Artículo 2 Bis 114 b. Describe los compontes del Indicador de Negocio para el cálculo adecuado y establece los cálculos para el Multiplicador de Pérdidas Internas.
  • Artículo 2 Bis 115. Señala en caso de no se cuenten la información mínima de los últimos 36 meses (3 años) para el cálculo de requerimiento de Capital por Riesgo Operacional se puede ajustar las fórmulas.
  • Artículo 88. Las Instituciones deben que relevar la información relativa al cálculo del requerimiento de Capital por Riesgo Operacional
  • Artículo 207. La Institución deberá realizar los reportes de la serie R28 Información de Riesgo Operación sobre: A-2811 Eventos de pérdida por riesgo operacional, A-2812 Estimación de niveles de riesgo operacional, A-2813 Actualización de eventos de pérdida por riesgo operacional y A-2815 Asignación método del indicador de negocio para riesgo operacional.
  • Artículo 208. Las Instituciones deben que presentar los informes del Artículo 207 conforme a las fechas indicas en este artículo.
  • ANEXO 1-D BIS. Establece los requisitos mínimos para el uso del método del indicador de negocio en el cálculo del requerimiento de Capital por Riesgo Operacional.
  • ANEXO 1-O BIS 1. Detalla la revelación de información relativa al cálculo del requerimiento de Capital por Riesgo Operacional.
  • ANEXO 12-A. Establece los requisitos para la elaboración y actualización de la base de datos histórica que contenga el registro sistemático de los diferentes tipos de pérdida asociada al Riesgo Operacional de las Instituciones.
  • ANEXO 36. Especifica que la frecuencia de elaboración y presentación del reporte A-2815 Asignación método del indicador de negocio para riesgo operacional, debe ser mensual.

Indicador de Negocio

Como se mencionó anteriormente, el Indicador de Negocio se compone de tres elementos: i) el Componente de intereses, arrendamiento y dividendo, ii) componente de servicios y iii) Componente financiero.

Ecuación 4. Indicador de Negocio

Eq4 Indicadior de Negocio
IN:Indicador de Negocio
CIAD:Es el componente de intereses, arrendamiento y dividendos, el cual se calculará de conformidad con la fórmula que se señala en el inciso a) fracción I del Artículo 2 Bis 114 b
CS:Es el componente de servicios, que calculará de conformidad con la fórmula que se señala en el inciso b) fracción I del Artículo 2 Bis 114 b
CF:Es el componte de financiero, el cual se determinará de conformidad con la fórmula que se señala en el inciso c) fracción I del Artículo 2 Bis 114 b

Es importante mencionar que el IN deberá ser calculado antes de cualquier deducción de reservas, salvo aquellas específicas para eventos de Riesgo Operacional y no deberá incluir los conceptos siguientes:

  1. Ingresos y gastos asociados con la comercialización o distribución de seguros.
  2. Primas pagadas y reembolsos recibidos de pólizas de seguro o reaseguro adquiridas.
  3. Gastos de administración y promoción.
  4. Recuperación de gastos de administración y promoción
  5. Gastos de instalaciones y activos fijos, excepto cuando estos gastos sean resultado de eventos de pérdida por Riesgo Operacional.
  6. Depreciación o amortización de activos tangibles e intangibles, excepto aquella depreciación relacionada a activos de arrendamiento financiero, la cual deberá considerarse como gasto por arrendamiento financiero.
  7. Provisiones o reversión de provisiones, salvo provisiones relacionadas con eventos de pérdidas por Riesgo Operacional.
  8. Gastos por reembolso de capital social.
  9. Deterioro del valor o reversión del deterioro del valor (por ejemplo, de activos financieros, activos no financieros, inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos o asociadas).
  10. Cambios en la cuenta de crédito mercantil reconocida en el estado de resultado integral o su equivalente.
  11. Impuesto sobre la renta.

Una vez calculado el IN conforme al Artículo 2 Bis 114 b fracción I, se puede realizar el cálculo del Componente de Indicador de Negocio (CIN), el cual es IN por lo coeficientes marginales α como se muestra:

Tabla 4. Componente de Indicador de Negocio

NivelNivel de INCoeficiente marginal (α)Determinación del CIN
ISi IN ≤ 3,500 millones de Udis12 %𝐶𝐼𝑁=𝐼𝑁∗12%
IISi 3,500 millones de Udis < IN ≤ 104,000 millones de Udis15 %𝐶𝐼𝑁=(3,500 𝑚𝑖𝑙𝑙𝑜𝑛𝑒𝑠 𝑑𝑒 𝑢𝑑𝑖𝑠∗12%)+[(𝐼𝑁−3,500 𝑚𝑖𝑙𝑙𝑜𝑛𝑒𝑠 𝑑𝑒 𝑢𝑑𝑖𝑠)∗15%]
IIISi IN > 104,000 millones de Udis18 %𝐶𝐼𝑁=(3,500 𝑚𝑖𝑙𝑙𝑜𝑛𝑒𝑠 𝑑𝑒 𝑢𝑑𝑖𝑠∗12%)+(100,500 𝑚𝑖𝑙𝑙𝑜𝑛𝑒𝑠 𝑑𝑒 𝑢𝑑𝑖𝑠∗15%)+ [(𝐼𝑁− 104,000 𝑚𝑖𝑙𝑙𝑜𝑛𝑒𝑠 𝑑𝑒 𝑢𝑑𝑖𝑠)∗18%]

Multiplicador de Pérdidas Internas  

La experiencia de pérdidas internas por riesgo operacional de la Institución afecta al cálculo del capital por Riesgo Operacional a través del multiplicador de pérdida interna (MPI). El MPI se define como:

Ecuación 5. Multiplicador de Pérdidas Internas

Eq5 Multiplicador de Perdidas Internas
CIN:Componente de Indicador de Negocio.
PI:15 veces el promedio de pérdidas anuales por Riesgo Operacional incurridas durante los 10 años previos al cálculo.

Las pérdidas anuales por Riesgo Operacional deben cumplir con los criterios específicos sobre identificación, recopilación y tratamiento de datos establecidos en el Anexo 1-D Bis Apartado C. Además, las Instituciones deben generar una base de datos histórica que contenga el registro sistemático de los diferentes tipos de pérdida y su costo. Esta base de datos debe incluir la pérdida económica originada por el evento, así como cualquier gasto adicional en que la Institución haya incurrido como consecuencia de dicho evento, reflejándose tanto en el registro contable global en las cuentas de resultados como en registros específicos mediante auxiliares en la contabilidad. En otras palabras, la base de datos histórica debe cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo 12-A.

Es importante señalar que se puede emplear un MPI menor a 1, siempre y cuando cuente con la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. El cálculo de este MPI sigue el método indicado por Basilea III, es decir:

Eq6 Multiplicador de Perdidas Internas

Evaluación de Implementación sobre el uso de Indicador de Negocio  

El uso del Indicador de Negocio para el cálculo del requerimiento de Capital por el Riesgo Operacional, se implementó a partir del 1° de enero de 2023 y de acuerdo con el Anexo 1-D bis se deberá realizar anualmente una revisión y validación de las políticas, procesos y procedimientos específicos para la identificación, recopilación y tratamiento de la información relacionada con las pérdidas internas por Riesgo Operacional, así como del proceso para la ejecución del cálculo del requerimiento de capital por Riesgo Operacional, la cual deberá ser realizada por auditores externos, es decir, a partir del 2024 las Instituciones deben que realizar evaluaciones sobre la implementación del método Indicador de Negocio. Lo cual IDEFI, Consultores está capacitado para realizar dicha evaluación cumpliendo con los estándares de calidad y con la normativa vigente.

Conclusión

Los métodos que se desarrollaron e implementaron en Basilea II presentaron insuficiencia ante las pérdidas por Riesgo Operacional en la Crisis de 2007-2009, de la cual produjo una restructuración al cálculo de requerimiento de Capital por Riesgo Operación dando como resultado en Basilea III un único método estándar que tiene como componentes: el Indicador de Negocio y Multiplicador de Pérdidas.

El método estándar de Basilea III, tiene una mayor sensibilidad debido a la combinación de los componentes que lo integran; debido a que el Componente de Indicador de Negocio se basa en los estados financieros de la Institución, es decir, el Indicador de Negocio es una media progresiva de los ingresos que se incrementa conforme la Institución aumenta su tamaño; mientas que el Multiplicador de pérdidas internas refleja la sensibilidad que tiene la Institución ante la pérdidas internas del Riesgo Operacional sufridas a lo largo de 10 años.

En México se realizaron cambios a las “Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito” para adecuarse con las reformas establecidas en Basilea, estas modificaciones serán aplicables a partir de 1° de enero de 2023 y en el año 2024 las Instituciones deberán que contar con la evaluación anual sobre las políticas, procesos y procedimientos específicos para la identificación, recopilación y tratamiento de la información relacionada con las pérdidas internas por Riesgo Operacional, así como del proceso para la ejecución del cálculo del requerimiento de capital por Riesgo Operacional, que deberán ser realizada por auditores externos. En este sentido IDEFI Consultores está capacitado para realizar dicha evaluación cumpliendo con los estándares de calidad y con la normativa vigente.

Referencias


[1] Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (2017). “Basilea III: Finalización de las reformas poscrisis, diciembre de 2017”. Consultado en: https://www.bis.org/bcbs/publ/d424_es.pdf

[2] Diario Oficial de Federación (2024). “Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito.” Artículo 1 Fracción CLXII.

[3] Diario Oficial de Federación (2024). “Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito.” Anexo 12-A, sección II.

[4]  Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (2017). “Convergencia internacional de medidas y normas de capital. Marco revisado. Versión integral”. Consultado en: https://www.bis.org/publ/bcbs128_es.pdf

[5] Diario Oficial de Federación (2024). “Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito.” Anexo 12-A, sección III.

[6] Comisión Nacional Bancaria de Valores. (2017). Comunicado Conjunto Banco de México y CNBV, se aprueba el paquete final de reformas a Basilea III. Consultado en: https://www.gob.mx/cnbv/prensa/comunicado-conjunto-banco-de-mexico-y-cnbv-se-aprueba-el-paquete-final-de-reformas-a-basilea-iii?idiom=es

[7] Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (2020). “Disposiciones transitorias de Basilea III, 2017–2028”. Consultado en: https://www.bis.org/bcbs/basel3/b3_trans_arr_1728_es.pdf


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